A propósito de la interesante discusión que se ha dado con el proyecto de Ley de Reactivación del Turismo, en donde aparece como uno de los contenidos del proyecto el aumento de los recursos públicos para promoción turística internacional, financiado con una nueva tasa de alojamiento (1,25%), deseo contribuir con un escueto análisis de lo que sucede con este tipo de impuesto en el mundo.
El impuesto de alojamiento hotelero o impuesto sobre hospedaje es un tipo de impuesto que se aplica a los huéspedes extranjeros (no residentes) que se alojan en establecimientos de alojamientos turísticos, en sus distintas categorías y clasificaciones. Es un cargo obligatorio que se agrega a la tarifa final y generalmente se calcula como un porcentaje del precio de la habitación. Esta tasa impositiva específica, varía en los países que la aplican e inclusive puede ser distinta en distintos estados o ciudades dentro de un mismo territorio como sucede por ejemplo en México, España y EE. UU. Países del continente europeo fueron los primeros en comenzar a implementar tasas de ocupación hoteleras en destinos saturados como la costa mediterránea. Primeramente, fueron impuestos locales y después se transformaron en leyes nacionales.
El propósito fundamental del impuesto turístico hotelero es la recaudación de fondos para la administración gubernamental o municipal que suelen ser destinados a múltiples proyectos, entre ellos el mejoramiento de zonas de interés turístico, la inversión en infraestructura habilitante del turismo, campañas promocionales, formación profesional y acciones para la sostenibilidad de los destinos turísticos.
A continuación, algunos ejemplos de Tasas de Impuestos de Alojamientos a nivel internacional: México (Impuesto Sobre Hospedaje, ISH): Baja California Sur: 4.0%, Durango: 3.0%, Nayarit: 5.0%,Querétaro: 3.5%, Quintana Roo: 5.0%. En España (Impuesto sobre Estancias en Establecimientos Turísticos, IEET) la tasa varía según la comunidad autónoma y puede oscilar entre el 2% y el 5% del monto total de la tarifa y en Italia (Impuesto Municipal de Estancia, IMU) se aplica a los servicios de hospedaje. La tasa depende de la ciudad y puede variar. Ejemplo Roma en Hoteles 5 Estrellas es de 7 euros por noche por persona (hasta un máximo de 10 días consecutivos en el mismo hotel), para un Camping es de 2 euros por noche por persona (máximo 5 días) y para un Bed&Breakfast es de 3,5 euros por noche por persona (máximo 10 días).
¿Cuál es el foco de gasto de estas recaudaciones?
La tendencia internacional es que no se destina a un solo tipo de estrategia. Por ejemplo, en México un 30% a un 40% del total recaudado por este tipo de impuesto se destina a promoción turística internacional y un 20% a 30% a infraestructura asociada al turismo. En cambio, en España algunos municipios ocupan estos recursos para la protección de áreas naturales, la gestión de residuos y la promoción de prácticas turísticas responsables. El gobierno local de Ámsterdam ocupa estos recursos para financiar proyectos de sostenibilidad y mantener la ciudad atractiva para los visitantes.
Considerando lo anterior, demostrar concretamente a los turistas, huéspedes y comunidad local que los recursos obtenidos por este impuesto se invierten en el mejoramiento del destino, de los lugares que ellos visitan y de los mismos lugares donde la comunidad local reside, es la mejor estrategia para que exista transparencia en el uso de estos montos y así además, lograr que el huésped se fidelice con los alojamientos formales y no con los informales, aunque cuesten un poco menos.